tolerancia
f.Del lat. tolerantia
- Acción y efecto de tolerar.
- Respeto a las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias.
- Reconocimiento de inmunidad política para quienes profesan religiones distintas de la admitida oficialmente.
- Diferencia consentida entre la ley o peso teórico y el que tienen las monedas.
- Margen o diferencia que se consiente en la calidad o cantidad de las cosas o de las obras contratadas.
- Máxima diferencia que se tolera o admite entre el valor nominal y el valor real o efectivo en las características físicas y químicas de un material, pieza O producto. M “ de cultos. f. Derecho reconocido por la ley para celebrar privadamente actos de culto que no son los de la religión del Estado. > casa de -.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)