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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«sentencia» es una forma de sentenciar (verbo) · ver conjugación

sentencia

f.

Del lat. sententia

  1. Dictamen o parecer que alguien tiene o sigue.
  2. Dicho grave y sucinto que encierra doctrina o moralidad.
  3. Declaración del juicio y resolución del juez.
  4. Decisión de cualquier controversia o disputa extrajudicial, que da la persona a quien se ha hecho árbitro de ella para que la juzgue o componga.
  5. Ling. Oración gramatical. Mm “ definitiva. f. 1. Der. sentencia en que el juzgador, concluido el juicio, resuelve finalmente sobre el asunto principal, declarando, condenando o absolviendo. 1 2. Der. sentencia que termina el asunto o impide la continuación del juicio, aunque contra ella sea admisible recurso extraordinario. 1! - firme. f. Der. resolución judicial firme. Il — pasada en autoridad de cosa juzgada, O — pasada en cosa juzgada. f. Der. resolución judicial firme. U fulminar, O pronunciar, la -. locs. verbs. Der. Dictarla, publicarla.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)

sentenciar

tr.

Conjug. c. anunciar

  1. Dar o pronunciar sentencia.
  2. Condenar por sentencia en materia penal.
  3. Expresar el parecer, juicio o dictamen que decide a favor de una de las partes contendientes lo que se disputa o controvierte.
  4. aseverar.
  5. Decidir el resultado de una competición antes del final.
  6. coloq. Destinar o pronosticar un final generalmente funesto.
  7. C. Rica. advertir (1 aconsejar).
  8. El Salv. y Méx. amenazar (1 dar a entender que se quiere hacer algún mal).

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)