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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«retractó» es una forma de retracto (sustantivo)

«retractó» es una forma de retractar (verbo) · ver conjugación

retracto

Del lat. retractus

  1. m. Der. Derecho que compete a ciertas personas para quedarse, por el tanto de su precio, con la cosa vendida a otro. M - arrendaticio. Mm. Der. retracto concedido en ciertos casos al arrendatario del predio vendido para favorecer su acceso a la propiedad. ! — convencional. mM. Der. retracto pactado en la compraventa a favor del vendedor para recuperar la cosa vendida. Il - de aledaños, O - de colindantes. m. Der. retracto que concede la ley, en casos que determina, a los propietarios colindantes de la finca vendida, para evitar el excesivo fraccionamiento de los cultivos. | - de comuneros. IM. Der. retracto que concede la ley a los condueños para favorecer la consolidación de la propiedad. 1! - de sangre, O - gentilicio. m. Der. retracto concedido por las leyes en razón de parentesco, para recuperar fincas de abolengo.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)

retractar

tr.

Del lat. retractare

  1. Revocar expresamente lo que se ha dicho, desdecirse de ello. U. t. c. prnl.
  2. Der. Ejercitar el derecho de retracto.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)