Cantidad periódica, temporal o vitalicia, que la seguridad social paga por razón de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad.
Auxilio pecuniario que bajo ciertas condiciones se concede para estimular o ampliar estudios o conocimientos científicos, artísticos o literarios.
Renta o canon anual que perpetua o temporalmente se impone sobre una finca.
Casa donde se reciben huéspedes mediante precio convenido.
Precio de la pensión.
Chile, Col. y Pan. pena (1 sentimiento de tristeza).
Méx. Establecimiento en que se pueden estacionar automóviles mediante un pago mensual.
p. us. Trabajo, molestia o cuidado que lleva consigo la posesión o goce de algo. M media -. f. 1. Régimen de pensionado que incluye la enseñanza y la comida del mediodía. 1 2. Régimen de hospedaje en que los huéspedes tienen derecho a habitación y una comida diaria. 1 - alimenticia. f. Der. alimentos (1 prestación). ! - compensatoria. f. Der. pensión a que tiene derecho un cónyuge cuando la separación o el divorcio le produce un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, siempre que tal desequilibrio implique un empeoramiento en su situación anterior al matrimonio. | = completa. f. Régimen de hospedaje que incluye habitación y todas las comidas del día. 1! - contributiva. f. Der. pensión de la seguridad social a la que se tiene derecho por haber cotizado durante cierto tiempo. 1 - matrimonial. f. Der. pensión compensatoria. II — no contributiva. f. Der. pensión de carácter asistencial que se otorga sin necesidad de haber cotizado a la seguridad social. UU casar la -. loc. verb. Der. Libertar el beneficio sobre que está impuesta la carga de la pensión, ajustándose a pagar de una vez la renta de cierto número de años o una cantidad alzada. > fondo de pensiones, plan de pensiones.