mayorazgo
m. y f.De mayoradgo
- Persona que goza y posee un mayorazgo.
- Heredero de una persona que goza y posee mayorazgo.
- m. Institución del derecho civil que, por las leyes desvinculadoras del siglo XIX, quedó circunscrita en España a los títulos nobiliarios, y que tiene por objeto perpetuar en la familia la propiedad de ciertos bienes o derechos con arreglo a las condiciones que se dicten al establecerla o, a falta de ellas, a las prescritas por la ley.
- Conjunto de bienes vinculados por mayorazgo.
- coloq. Hijo primogénito de cualquier persona.
- coloq. primogenitura.
- f. coloq. p. us. Esposa de un mayorazgo. M — de agnación artificial, “ de agnación artificiosa, O — de agnación fingida. m. Der. mayorazgo en que, llamando el fundador a la sucesión a varones de varones, establecía que, si no tenía agnación propia o si se rompía en el transcurso del tiempo, entrara a poseer un cognado o una hembra o un extraño, y de allí en adelante se sucediera de varón en varón, con exclusión de las hembras y de sus líneas. II! — de agnación rigurosa. m. Der. mayorazgo en que sucedían solo los varones de varones. Il - irregular. m. Der. mayorazgo que se apartaba de las reglas del regular, y tenía por ley la voluntad del fundador. 1! — regular. m. Der. En Castilla, mayorazgo en cuya sucesión era preferido el varón a la hembra, y el mayor al menor en cada línea.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)