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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«mancomuna» es una forma de mancomunar (verbo) · ver conjugación

mancomunar

tr.

De mancomún

  1. Unir personas, fuerzas O caudales para un fin. U. t. c. prnl.
  2. Der. Obligar a dos o más personas a pagar o ejecutar de mancomún algo, entre todas y por partes.
  3. prnl. Unirse, asociarse, obligarse de mancomún.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)