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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«indultos» es una forma de indulto (sustantivo)

indulto

m.

Del lat. indultus

  1. Gracia por la cual se remite total o parcialmente o se conmuta una pena.
  2. Gracia que excepcionalmente concede el jefe del Estado, por la cual perdona total o parcialmente una pena o la conmuta por otra más benigna.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)