fuero
m.Del lat. forum “foro”
- Jurisdicción, poder. Fuero eclesiástico, secular.
- En España, norma o código históricos dados a un territorio determinado. Los fueros de Navarra y del País Vasco.
- Compilación de leyes. Fuero Juzgo. Fuero Real.
- Cada uno de los privilegios y exenciones que se conceden a una comunidad, a una provincia, a una ciudad o a una persona. U. m. en pl.
- Privilegio, prerrogativa o derecho moral que se reconoce a ciertas actividades, principios, virtudes, etc., por su propia naturaleza. U. m. en pl. Defender los fueros de la poesía, del arte, de la justicia, de la razón.
- coloq. Arrogancia, presunción. U. m. en pl.
- Der. Competencia a la que legalmente están sometidas las partes y que por derecho les corresponde.
- Der. Competencia jurisdiccional especial que corresponde a Ciertas personas por razón de su cargo. Fuero parlamentario.
- desus. Lugar o sitio en que se hacía justicia. M — de la conciencia. Mm. Libertad de la conciencia para aprobar las buenas obras y reprobar las malas. U. m. en pl. 1 interior, O — interno. M. fuero de la conciencia. Da -,0 al -. locs. advs. Según ley, estilo o costumbre. Ide -. loc. adv. De ley, o según la obligación que induce la ley. > privilegio del -.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)