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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«diputado» es una forma de diputar (verbo) · ver conjugación

diputado

m. y f.

Del part. de diputar

  1. Persona nombrada por un cuerpo para representarlo.
  2. Persona nombrada por elección popular como representante en una cámara legislativa, nacional, regional o provincial. 1 - a Cortes. m. y f. Con arreglo a algunas constituciones, persona nombrada directamente por los electores para componer la cámara única, o la de origen más popular cuando hay Senado. 1! diputado del Reino. m. Regidor o persona de una ciudad con voto en Cortes, que servía en la Diputación General de los Reinos. 1 + provincial. m. y f. En España, persona elegida por un distrito para que lo represente en la Diputación Provincial. > Congreso de los Diputados.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)

diputar

tr.

Del lat. deputare

  1. Destinar, señalar o elegir a alguien o algo para algún uso o ministerio.
  2. Dicho de un cuerpo: Destinar y elegir a uno o más de sus individuos para que lo representen en algún acto o solicitud.
  3. Conceptuar, reputar, tener por.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)