daño
m.Del lat. damnum
- Efecto de dañar.
- Am. Maleficio, mal de ojo.
- pl. Der. Delito consistente en causar daños de manera deliberada en la propiedad ajena. m - emergente. m. Der. Valor de la pérdida sufrida o de los bienes destruidos o perjudicados. 1 — s y perjuicios. m. pl. Compensación que se exige a quien ha causado un daño, para reparar este. U a - de alguien. loc. adv. desus. A su cuenta y riesgo. 11 en > de alguien o algo. loc. adv. En perjuicio suyo. Il hacerle el - a una doncella. loc. verb. Hond. y Nic. Desvirgarla. 11 sin — de barras. loc. adv. desus. Sin daño o peligro propio o ajeno. > lucros y - s, pena de -.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)