débito
m.Del lat. debítum
- deuda.
- débito conyugal. 1 - conyugal. m. En el matrimonio canónico, obligación que tienen los cónyuges de unirse sexualmente en virtud del amor mutuo para engendrar los hijos que han de educar. > tarjeta de -.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)