f. Acción y efecto de condenar. M “ condicional. f. Der. Beneficio de no cumplir una condena privativa de libertad, que se concede a quienes delinquen por primera vez si no delinquen de nuevo dentro de un cierto plazo. Il = en costas. f. Der. condena que se puede imponer en los procesos a la parte cuyas pretensiones se rechazan, para que abone a la otra los gastos que el proceso le ha causado. > acción de —- , pretensión de -.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)
condenar
tr.
Del lat. condemnare
Dicho de un juez: Pronunciar sentencia, imponiendo al reo la pena correspondiente o dictando en juicio civil, o en otras jurisdicciones, fallo que no se limite a absolver de la demanda.
Forzar a alguien a hacer algo penoso. La condenaron A no salir y A no andar.
Reprobar algo que se tiene por malo, como un hecho o una conducta. Condenar un crimen, un atentado.
Tabicar una habitación o incomunicarla con las demás, teniéndola siempre cerrada.
Cerrar permanentemente o tapiar un lugar de paso, como una puerta, una ventana o un pasadizo.
Echar a perder algo. Condenar un traje.
Molestar, irritar, exasperar. U. t. c. prnl.
Dicho de una cosa: Conducir a alguien inevitablemente a una situación no deseada. La vida sedentaria condena a mucha gente A la obesidad.