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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«circunstancia» es una forma de circunstanciar (verbo) · ver conjugación

circunstancia

f.

Del lat. circumstantia

  1. Accidente de tiempo, lugar, modo, etc., que está unido a la sustancia de algún hecho o dicho.
  2. Calidad o requisito.
  3. Conjunto de lo que está en torno a alguien; el mundo en cuanto mundo de alguien. M — agravante. f. Der. Motivo legal para aumentar la responsabilidad penal del condenado. 1! - atenuante. f. Der. Motivo legal para disminuir la responsabilidad penal del condenado. 1! — eximente. f. Der. Motivo legal para librar de responsabilidad criminal al acusado; p. ej., legítima defensa. U de - s. loc. adj. Dicho de una cosa: Que de algún modo está influida por una situación ocasional. Il en las — s presentes. loc. adv. En el estado de los negocios, o según van las cosas.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)

circunstanciar

Conjug. c. anunciar

  1. tr. Determinar las circunstancias de algo.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)