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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«autonomías» es una forma de autonomía (sustantivo)

autonomía

f.

Del gr. adrovoyía autonomía

  1. Potestad que dentro de un Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios.
  2. Condición de quien, para ciertas cosas, no depende de nadie.
  3. En España, comunidad autónoma.
  4. Máximo recorrido que puede efectuar un vehículo sin repostar.
  5. Tiempo máximo que puede funcionar un aparato sin repostar o recargarse. M — de la voluntad. f. Der. Capacidad de los sujetos de derecho para establecer reglas de conducta para sí mismos y en sus relaciones con los demás dentro de los límites que la ley señala.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)