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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«audiencias» es una forma de audiencia (sustantivo)

audiencia

f.

Del lat. audientia

  1. Acto de oír las personas de alta jerarquía u otras autoridades, previa concesión, a quienes exponen, reclaman o solicitan algo.
  2. Tribunal de justicia colegiado y que entiende en los pleitos o en las causas de determinado territorio.
  3. Distrito de la jurisdicción de una audiencia.
  4. Edificio en que tiene su sede una audiencia.
  5. Público que atiende los programas de radio y televisión, o que asiste a un acto O espectáculo.
  6. auditorio (1 concurso de oyentes).
  7. Número de personas que reciben un mensaje a través de cualquier medio de comunicación.
  8. Der. Ocasión para aducir razones o pruebas que se ofrece a un interesado en juicio o en expediente. M - al rebelde. f. Der. Procedimiento por el cual quien ha sido perjudicado en un juicio en el que no participó tiene la facultad, en ciertos casos, de reabrirlo. 1 - eclesiástica. f. Tribunal de un juez eclesiástico. 1 Audiencia Nacional. f. Der. Tribunal con competencia en todo el territorio de España para ciertas causas penales, sociales y contencioso-administrativas. II - pretorial. f. En Indias, audiencia que no dependía del virrey para algunos efectos. II! - provincial. f. Der. Tribunal con jurisdicción en una provincia de España. Il — pública. f. Der. Actuación formal de un juez o tribunal que se realiza ante las partes de proceso y el público. 11 - territorial. f. Der. Tribunal que tenía jurisdicción sobre varias provincias de España. U dar = el rey, sus ministros u otras autoridades. loc. verb. Admitir a las personas que tienen que exponer o solicitar algo. 1 tener -. loc. verb. Gozar de autoridad y reconocimiento. > cuota de - , índice de -, sala de - , término de una -.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)