apelación
f.Del lat. appellatio, -ónis
- Der. Acción de apelar.
- coloq. desus. Consulta de médicos. Mi dar, O dejar, por desierta la — un juez. locs. verbs. Der. Declarar ser pasado el término en que el apelante debió acudir a sostener su recurso. Il mejorar la —. loc. verb. 1. Der. Dicho del apelante: En el antiguo procedimiento, exponer agravios ante el juez superior. 1 2. Der. En el procedimiento moderno, suele aplicarse a la petición incidental previa en que el apelante o el apelado solicitan del tribunal superior que extienda o no al efecto suspensivo la apelación admitida en primera instancia. ! no haber, O no tener, -. locs. verbs. coloqs. No haber remedio o recurso en alguna dificultad o aprieto. > cámara de apelaciones, juez de apelaciones, recurso de — , sala de -.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)