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Diccionario

Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.

«apelaciones» es una forma de apelación (sustantivo)

apelación

f.

Del lat. appellatio, -ónis

  1. Der. Acción de apelar.
  2. coloq. desus. Consulta de médicos. Mi dar, O dejar, por desierta la — un juez. locs. verbs. Der. Declarar ser pasado el término en que el apelante debió acudir a sostener su recurso. Il mejorar la —. loc. verb. 1. Der. Dicho del apelante: En el antiguo procedimiento, exponer agravios ante el juez superior. 1 2. Der. En el procedimiento moderno, suele aplicarse a la petición incidental previa en que el apelante o el apelado solicitan del tribunal superior que extienda o no al efecto suspensivo la apelación admitida en primera instancia. ! no haber, O no tener, -. locs. verbs. coloqs. No haber remedio o recurso en alguna dificultad o aprieto. > cámara de apelaciones, juez de apelaciones, recurso de — , sala de -.

Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)