aparcería
f.De aparcero
- Trato o convenio de quienes van a la parte en una granjería.
- Der. Contrato mixto, que participa del de sociedad aplicado al arrendamiento de fincas rústicas, y que se celebra con gran variedad de pactos y costumbres supletorias entre el propietario y el cultivador de la tierra.
- Der. Contrato de sociedad, anexo a la aparcería de fincas rústicas o independiente de ella, para repartir productos o beneficios del ganado entre el propietario de este y el que lo cuida o recría. > contrato de -.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)