albalá
m. o f.Cf. albarán
- Carta o cédula real en que se concedía alguna merced, o se proveía otra cosa.
- Documento público o privado en que se hacía constar algo.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)
Definiciones, acepciones y etimología. También funciona con formas conjugadas y plurales.
«albalás» es una forma de albalá (sustantivo)
Cf. albarán
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)