absolución
f. Acción de absolver. M — de posiciones. f. Der. En la prueba de confesión o interrogatorio de las partes, acto de responder el litigante bajo juramento o promesa a las preguntas de la otra parte. II! — en la instancia. f. Der. Pronunciamiento realizado en la sentencia cuando un juez o un tribunal acoge una excepción procesal y se abstiene de resolver el fondo. 1! - general. f.Del lat. absolutio, -ónis
- absolución que se otorga a una pluralidad de personas.
- Rel. absolución que imparte un sacerdote católico, sin que preceda la confesión individual de los pecados, a un penitente o a varios, en peligro de muerte o por necesidad grave y urgente. II — libre. f. Der. Terminación del juicio criminal por fallo en que se declara la inocencia del reo. Il — plenaria. f. absolución general. | — sacramental. f. Acto de absolver el confesor al penitente.
Fuente: Diccionario de la RAE (23.ª ed.)